Salud, educación
y poder en el altiplano: la gestión sanitaria escolar de la Subdelegación de
Putre en tiempos de dictadura
Patricia Palma[1]
Departamento de Ciencias
Históricas y Geográficas, Universidad de Tarapacá.
https://orcid.org/0000-0003-1328-9635
Eugenio Sánchez Espinoza[2]
Departamento de Educación, Universidad de Tarapacá.
https://orcid.org/0000-0002-2902-7296
El tema del uso del pelo corto y
la apariencia personal en espacios educativos es una discusión de larga data en
Chile, y responde a una práctica que se instauró a fines del siglo XIX, pero se
aplicó de manera sistemática en los establecimientos educacionales en las
últimas décadas. Para controlar este tipo de prácticas, durante la dictadura
civil militar (1973-1990) se utilizó como principal argumento la salud, la higiene
y la prevención de la pediculosis.
A nivel nacional, la dictadura civil militar no solo significó un rompimiento político de la tradición democrática del país, sino que también con aspectos culturales que habían sido propios de la izquierda chilena, expresados en la música y la estética de los jóvenes (Santa Cruz, 2020). Uno de los rasgos distintivos de estos jóvenes, a inicios de los años setenta, era el uso del pelo largo entre los hombres, una estética vinculada al movimiento hippie. No obstante, como plantea Barr-Melej (2009), esta apariencia adquirió relevancia durante la Unidad Popular (1970-1973), al ser asociada con la “higiene y decencia” (p. 321). Ello llevó a que, en marzo de 1972, el Ministerio de Educación y Cultura informara a los rectores de liceos que hicieran cumplir el código de presentación personal. Más adelante, durante la dictadura, el uso de pelo corto se asoció con el control y el orden.
Durante la Unidad Popular, las escuelas, liceos y universidades se convirtieron espacios altamente politizados, razón por la cual, con la llegada de la dictadura, las comunidades educativas sufrieron profundas transformaciones. Como lo analizan Pérez Navarro y Zurita (2021), las regulaciones diseñadas e implementadas por la dictadura civil militar buscaban controlar y vigilar a diversos actores del sistema educativo, además de transformar aspectos clave de la cultura escolar y reorientar las prácticas pedagógicas en la escuela. Junto con ello, la dictadura intervino de manera directa en las instituciones educativas y en el profesorado, imponiendo a oficiales de las Fuerzas Armadas y Carabineros en cargos de dirección y administración de dichos espacios. Como señala Zurita (2015), la política del terror se manifestó en la detención, tortura y asesinato de decenas de docentes, así como en el cierre de organizaciones sindicales del profesorado y de espacios de expresión y asociatividad creados por ellos.
La violencia y el poder se apoderaron de las escuelas, lo que se materializó en la presencia de los militares en cargos directivos y en una serie de indicaciones que normaría la convivencia escolar. El documento que reproducimos y analizamos a continuación es la circular 831/79 del 1° de enero de 1979, del Ministerio de Educación y Cultura, titulada “Profilaxis de la Pediculosis”. El objetivo del documento es establecer normas de profilaxis y otras medidas higiénicas recomendadas para prevenir el aumento progresivo de la pediculosis, disponiendo el estricto cumplimiento del corte de pelo de los alumnos y lavado frecuente del cabello.
Si bien se trata de una norma nacional,
enviada a todos los secretarios regionales ministeriales (SEREMI) de Educación,
consideramos que debe analizarse en el contexto en que se recuperó. Esta
disposición forma parte del Fondo Subdelegación de Putre, resguardado en el
Archivo Histórico Vicente Dagnino de la Universidad de Tarapacá. El documento refleja un ejercicio
concreto de control sobre la población escolar. Aunque su objetivo declarado es
combatir la pediculosis y tiene carácter nacional, las medidas sugeridas —el
corte de pelo y el énfasis en la “higiene personal”— deben entenderse desde
contextos específicos. Sin duda, en ciudades y colegios fiscales, el corte de
pelo buscaba romper con un símbolo asociado al hippismo y a la Unidad Popular.
Sin embargo, en el contexto que analizamos, el tema del corte de pelo y, especialmente,
el discurso higiénico, adquirió una connotación más racial que política.
En los valles precordilleranos y el altiplano
del extremo norte, en un paisaje hostil y dramáticamente hermoso, se asientan
muchas comunidades aymaras y quechuas, cuya relación con los agentes del Estado
chileno no ha estado exenta de tensiones. Esta relación ha estado determinada
por el choque, el intercambio y la asimilación cultural, y atravesada por
nacionalismos y xenofobias a lo largo del siglo XX. A ello se suma la compleja geografía en la que habitan, la cual
dificultaba aún más su integración a la nación (González, 2002; Castro, 2004;
Díaz, Ruz y Galdames, 2013; Palma y Rojas, 2023).
En estos términos, la escuela ha jugado un papel clave al hacer presente al Estado en estas comunidades. Durante muchos años, esta relación ha operado como agente asimilador, buscando incorporar plenamente estas poblaciones al proyecto nacional. En este proceso, el docente ha sido, en muchos casos, el único actor investido de una “autoridad civilizatoria” en esos parajes. Producto del aislamiento geográfico, se han mantenido tradiciones culturales y elementos propios de la identidad local. Ello permite sugerir que las comunidades educativas del interior de las regiones del extremo norte experimentaron tensiones frente a las imposiciones culturales y sanitarias del régimen militar. La dictadura promovió una visión homogénea de la identidad nacional, mediante la estandarización de aspectos como la vestimenta escolar (el uniforme) y el énfasis en la apariencia, el orden y la “presentación personal” de los estudiantes, lo que, en estas comunidades, pudo haber operado en desmedro de sus expresiones culturales locales, como las vestimentas tradicionales.
En un contexto dictatorial, con autoridades designadas y bajo la
consigna de proteger las fronteras y hacer patria, el Estado se desplegó en la
precordillera y el altiplano ariqueño, que durante este periodo formaban parte
de la región de Tarapacá. Las narrativas de los aymaras, al recordar esos años,
se vinculan con la marcada presencia de carabineros y militares —mediante
regimientos, retenes y comisarias—, quienes llegaron a representar un
porcentaje significativo de la población de las comunas del interior de la
región.
Por otra parte, la visión que las autoridades tenían de estos grupos era,
por decir lo menos, de una raza mansa y pasiva que acataría sin resistencia lo
decretado por las autoridades presentes en sus territorios. Además, se los
describe como “herméticos (…) seres extraños encerrados en una sorda
hostilidad” (Rojas, 1980, p. 70).
Como señala Alberto Díaz Araya (2023), aludiendo a Cornelio Chipana,
académico de origen aymara, en la dictadura de Pinochet
Lo que menos se promovió fue el reconocimiento de las comunidades
indígenas, ya que eran vistas como vestigios de las naciones peruana o
boliviana. En su lugar, se aplicaron políticas homogeneizadoras que impusieron
estereotipos y prejuicios, marcándolos peyorativamente como “indios” o
“paitocos”. (Díaz Araya, 2023, p. 4)
Así, la dictadura, con su presencia, política y normas —instrumentadas a
través de decretos y circulares—, dejó impactos que, hasta hoy, son objeto de
reevaluación por sus protagonistas, quienes adoptan una mirada crítica hacia
ese pasado que intentó borrar tradiciones mediante la implementación de
políticas orientadas a “civilizar” y reprimir la cultura andina. Este proceso,
en el que la escuela desempeñó un rol clave, sin duda requiere aún de mayor
exploración.
Referencias
Barr-Melej, P. (2009). Hippismo a la chilena: Juventud y heterodoxia
cultural en un contexto transnacional (1970-1973). En F. Purcell y A. Riquelme
(Ed.), Ampliando miradas: Chile y su
historia en un tiempo global (pp. 305-325). RIL Editores, Instituto de
Historia UC.
Castro, L. (2004). Una
escuela fiscal ausente, una chilenización inexistente: la precaria escolaridad
de los aymaras de Tarapacá durante el ciclo expansivo del salitre (1880-1920). Cuadernos
Interculturales 2(3), 57-68.
Díaz Araya, A. (2023). Pueblos andinos y dictadura militar. Diálogo Andino 70, 4-8.
Díaz,
A., Ruz, R. y Galdames, L. (2013). En los intersticios de la chilenidad. Antonio Mollo y las identidades en conflicto
en los Andes. Putre, 1900-1926. Chungara
3(45), 473-492.
González, S. (2002). Chilenizando a Tunupa. La escuela pública en el Tarapacá andino, 1880-1990. DIBAM.
Palma,
P. y Rojas, C. (2023).
Enfermar y sanar en el altiplano chileno: El caso de Putre. Estudios Rurales
13(28). https://doi.org/10.48160/22504001er28.495
Pérez Navarro, C. y Zurita, F. (2021). La
escuela chilena bajo la dictadura civil militar (1973-1980). La experiencia
escolar en contexto autoritario. Historia y Memoria de la Educación 14, 587-614. https://dx.doi.org/10.5944/hme.14.2021.29003
Rojas, C. (1980). La educación en el altiplano chileno. Revista de Educación 77, 70-73.
Santa Cruz, Y. (2020). Entre la diversión y la revolución: experiencias culturales de los jóvenes de izquierda durante la Unidad Popular. Ultima década 28(53), 125-151. https://dx.doi.org/10.4067/S0718-22362020000100125
Zurita, F. (2015). Violencia, poder político y políticas públicas
educacionales: el trabajo docente bajo la dictadura militar en Chile
(1973-1990). Revista
Teoria e Prática da Educação 18(1), 89-100.
DOCUMENTO N° 1*
Ministerio de Educación y Cultura
Circular N.º 831/79 Fecha: 01 Enero 79.
Dirigida a: Secretarios Regionales Ministeriales Educación País. Transcribir. Direcprov. Directal Direcloc. Establ. Educ. Bás. Media Humanís. y Tec. Porfesional de su Jurisdicción.
Originador: Dirección de Educación
Referencia: Profilaxis de la Pediculosis.
Serie: Subsecretario.
Tema: Salud y Bienestar.
1.
OBJETIVOS:
1.1. Dar las normas sobre la profilaxis de la Pediculosis Capitis.
2.
APLICACION Y VIGENCIA
2.1. Las instituciones prescritas en la presente Circular serán de aplicación general en los Establecimientos dependientes de la Dirección de Educación, a partir de la fecha de su publicación.
2.2. Esta CIRCULAR reemplaza a las CIRCULARES N.° 147 de 11-X-74. y N.° 119 de 30-X-74, las que deberán ser destruídas.
3.
INFORMACIÓN GENERAL
3.1. Definiciones.
3.1.1 El Ministerio de Salud Pública, en
relación con el problema de la Pediculosis Capitis y su incidencia en la
población entre 0 y 20 años, efectuó encuestas piloto en diversos sectores de
la provincia de Santiago detectando una tasa general en progresivo aumento
desde 1971.
3.1.2. La prevalencia de la infestación
señalada se observó a raíz del uso de pelo largo entre los varones, siendo los
grupos más afectados los comprendidos entre 0 y 9 años y entre 10 y 19 años.
3.1.3. La infestación en grupos específicos de
niños de hogares de menores donde se les obliga a usar el pelo corto, de
acuerdo a las encuestas señaladas, alcanzó a un 10,6%, contrastando con las
cifras observadas en los casos anteriores, y 50,2% en las niñas, las que no
están sometidas a dicha obligación.
[Nota a pie página] LIBERTADOR BERNARDO O’HIGGINS FORJADOR DE LA PATRIA
[siguiente página]
3.1.4. De acuerdo a las observaciones publicadas en el Folleto N.º 5 de Julio de 1974 del Ministerio de Salud Pública, la profilaxis de la Pediculosis Capitis “más que del uso de insecticidas, necesita de la práctica de medidas higiénicas personales tales como el uso del pelo corto y lavado frecuente de cabeza”.
3.2. Normas Generales.
3.2.1. Las observaciones anotadas son para instruir a los alumnos integrantes de Establecimientos Educacionales a fin de recomendar tomar las medidas higiénicas más aconsejables para evitar el aumento progresivo de la parasitación, disponiéndose el estricto cumplimiento del corte de pelo de los alumnos a un largo adecuado que no pase del cuello de la camisa, la personalidad del educando, y se enfatice la necesidad del lavado frecuente del cabello y que minimice, o erradique el problema de la infestación.
Alfredo Prieto Bafalluy
Abogado
Subsecretario de Educación
[Nota] Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y cumplimiento. En cada establecimiento educacional el Sr. Director y el personal docente aunarán criterios para el cumplimiento de las instrucciones en la presente Circular.
Saluda atentamente a Ud.
Carlos F. Rojas Labra
Abogado
Secretario Ministerial de Educación
I Región Tarapacá
[Nota a pie de página] LIBERTADOR BERNARDO O’HIGGINS
FORJADOR DE LA PATRIA
[1] Patricia Palma es doctora en Historia de
América Latina de la Universidad de California, Davis, Estados Unidos, y
académica de la Universidad de Tarapacá. Sus líneas de investigación giran en
torno a la historia de la salud y las migraciones. Actualmente, su proyecto se
centra en el estudio de la historia de la educación y salud en el norte de
Chile.
[2] Eugenio Sánchez Espinoza es doctor en
Educación de la Universidad de Santiago de Chile y doctor en Historia de la
Universidad de Tarapacá. En esta última universidad se desempeña como
académico. Sus líneas de investigación se relacionan con la educación intercultural,
la formación inicial docente y la historia regional de la cultura y las prácticas
políticas.
* Fuente: Archivo Histórico Vicente Dagnino. Subdelegación de Putre. Vol. 6. Oficios
recibidos. Escuela G-39. Socoroma. 1979.